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Declaración de la Renta

¿Tengo la obligación de hacer la renta 2020?

¿Qué debo hacer si durante 2020 he recibido ingresos del SEPE y de mi empresa? ¿Tengo la obligación de hacer la declaración de la renta 2020?

Estas preguntas, que se han vuelto frecuentes en nuestras conversaciones de estos días, tienen una explicación fundamentada. La anómala situación de 2020 hizo que muchos de nosotros hayamos tenido durante este año más de un pagador a final de mes. Es por eso por lo que nuestra declaración de la renta 2020 nos resulta más complicada que la de otros años.

A continuación, vamos a resumir las cantidades a partir de las cuáles es de obligado cumplimiento hacer la declaración de la renta según la Agencia Tributaria Española.

1. Ingresos de un único pagador

Con carácter general, todas aquellas personas que sólo hayan percibido ingresos de un único pagador tienen la obligación de presentar declaración por IRPF cuando sus rendimientos del trabajo superan los 22.000€ brutos anuales.

Todos aquellos contribuyentes que perciban al año un importe menor a la cuantía citada no tienen la obligación de presentar la declaración, pero pueden hacerlo de manera voluntaria.

2. Ingresos de dos o más pagadores

Ahora bien, si el contribuyente cuenta con dos o más pagadores, que sería el caso de todas aquellas personas que han percibido ingresos de un ERTE y de una empresa, el límite se establece en 14.000€ brutos anuales si el importe percibido por el segundo y restantes pagadores supera los 1.500€ brutos anuales.

Por tanto, si se recibe de un segundo pagador más de 1.500€ brutos anuales y en el total del año se superan los 14.000€ brutos, es obligatorio hacer la declaración de la renta 2020.

En definitiva, sabemos que este año, nos pueden surgir más dudas a la hora de realizar nuestra declaración. Por eso os recomendamos que contéis siempre con un asesor que os ayude y os resuelva cualquier consulta que os surja a la hora de realizar la declaración de la renta 2020.

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¡Os esperamos!

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